Leganés lanza una campaña informativa para empresas y autónomos para hacer frente al impacto social y económico del COVID-19

La Concejalía de Desarrollo Local y Empleo del Ayuntamiento de Leganés colaborará con las empresas y autónomos de su localidad trasladando información de las medidas extraordinarias aprobadas por el Gobierno para hacer frente al impacto social y económico del COVID-19.

El Consistorio ha editado un material gráfico con estas medidas para hacer llegar fácilmente estas medidas y se prestará la colaboración técnica necesaria a los empresarios y autónomos que así lo requieran. De esta forma, se quiere tender  la mano a los autónomos y PYMES de la ciudad para trabajar conjuntamente en unos momentos tan críticos como los actuales. Los técnicos municipales del área podrán ofrecer su ayuda y conocimientos administrativos, legales y/o técnicos durante el periodo que se alargue la emergencia sanitaria a quien así lo requiera.

Podrán hacerlo a través del teléfono de información 91 248 96 48 (de 9 a 14 horas de lunes a viernes) y a través del correo electrónico comerciohosteleria@leganes.org.

 

Medidas aprobadas para hacer frente al impacto económico y social

•   Si eres autónomo:

–   Tienes derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad con carácter excepcional y vigencia limitada a un mes o hasta el último día del mes en que finalice el estado de alarma

–   También tienes derecho a la prestación si tu facturación en el mes anterior a la solicitud de prestación se ve reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.

–   La cuantía de la prestación regulada en este artículo se determinará aplicando el 70 por ciento a la base reguladora.

–   El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

–   La gestión de esta prestación corresponderá a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

 

• Si tienes personal a tu cargo:

–   Debes adoptar las medidas oportunas para la realización de trabajo a distancia, si ello es técnica y razonablemente posible y si resulta proporcionado.

–   Las personas que trabajen en tu empresa tienen derecho a la adaptación y/o reducción de jornada si acreditan deberes de cuidado sobrevenidas por las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del COVID-19.

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