La TSJM rechaza el cierre de Madrid

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado las medidas que restringen la movilidad en diez municipios de la región, entre ellos la capital, por afectar a los derechos y las libertades fundamentales. Los jueces entienden que las leyes en las que se basa esta decisión no son suficientes para limitar los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Explican los magistrados que «las medidas limitativas de derechos fundamentales que establece la Orden de la Consejería de Sanidad, constituyen una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare, es decir, no autorizada por sus representantes en las Cortes Generales, por lo que no puede ser ratificada».

«Nos encontramos ante un marco legal que difiere del que fue objeto de análisis, coincidiendo con la ratificación de las medidas sobre áreas sanitarias, de 24 de septiembre y 1 de octubre, ya que, como reconoce el propio letrado de la Comunidad de Madrid, lo que se solicita en esta ocasión es la ratificación del mandato del ministro de Sanidad por el que se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-COV-2», precisan.

El auto explica que «resulta llamativo que no se abordara una reforma más acorde con las necesidades de combatir eficazmente la pandemia y afrontar la grave crisis sanitaria que padece el país». También subrayan que una limitación de los derechos fundamentales de los ciudadanos debe venir autorizada por las cortes y no a través de una Ley como la de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.

¿Qué significa que el TSJM no apoye las medidas?
Las medidas tomadas por la Comunidad de Madrid no habían entrado en vigor ya que era necesario el aval del tribunal después de que éstas fuesen publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM); así que su pronunciación anula las restricciones en los 10 municipios y, por tanto, el cierre de Madrid.


¿Cuándo será efectivo?
Desde hoy mismo las medidas restrictivas del pasado viernes dejan de tener validez.


¿Puedo moverme por los municipios afectados?
Sí, salvo en las 45 zonas básicas de salud que contaban con restricciones impuestas por la Comunidad de Madrid; aún así, debe explicar cómo quedan las áreas que han bajado por debajo de los 1.000 por cada 100.000 habitantes.

La Comunidad amplió a otros 14 días las restricciones ya impuestas en Humanes, Moraleja de Enmedio y la zona de Reyes Católicos en San Sebastián de los Reyes, y sumó a Villa del Prado por los contagios, así que es de esperar que esos municipios continúen confinados hasta finales de la próxima semana.


¿Puedo irme de puente este 12 de Octubre?
Sí, siempre y cuando no resida en una de esas zonas restringidas.


¿Me puede multa la policía?
Puede multar sólo en las zonas donde continúan las limitaciones. Las sanciones oscilan entre los 600 y los 600.000 euros.


¿Pueden venir los turistas?
Sí, de hecho los turistas han podido seguir llegando a Madrid. La diferencia es que ahora pueden pernoctar en el centro de la ciudad y en el resto de áreas y municipios no restringidos.


¿Cómo queda el aforo de locales o el cierre en bares y restaurantes?
La reducción del aforo al 50% en comercios se anula a excepción de áreas restringidas, así como la limitación de cerrar a las 22 horas.

Los bares y restaurantes pueden cerrar más tarde de las 11 de la noche; también se puede consumir en la barra siempre y cuando no se hallen en zona restringida.


¿Qué se puede hacer y qué no se puede hacer en las zonas restringidas?
En las zonas restringidas se prohíbe entrar y salir salvo para ir a trabajar, al médico, a estudiar, para regresar a su residencia, para asistir a personas mayores o dependientes, para realizar gestiones administrativas o legales o cualquier otro motivo urgente o de fuerza mayor debidamente acreditado. Aunque los ciudadanos sí podrán desplazarse con libertad por la vía pública dentro del perímetro de su zona.


¿Cuántas personas se pueden juntar en reuniones sociales?
La Comunidad de Madrid ya restringió las reuniones sociales a seis personas en toda la región; así que seguramente esa restricción permanecerá en vigor.

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