La Comunidad de Madrid limita la movilidad en otras seis ZBS y tres localidades

La Comunidad de Madrid va a ampliar las restricciones de movilidad de entrada y salida a seis nuevas zonas básicas de salud (ZBS) y tres localidades. A partir del próximo lunes quedarán perimetradas un total de 11 zonas básicas y 10 localidades.

A partir de las 00:00 horas del lunes 5 de abril y hasta las 00:00 horas del lunes 19 de abril quedarán restringidas las zonas básicas de salud de Las Margaritas, en Getafe; San Fernando, en San Fernando de Henares; en Madrid capital las de Alameda de Osuna (distrito de Barajas), Rejas (distrito de San Blas-Canillejas) y Chopera (distrito de Arganzuela); y la zona básica de Villaviciosa de Odón.

También desde el lunes 5 de abril y durante dos semanas quedarán limitadas las entradas y salidas salvo por causas justificadas en las localidades de La Cabrera, Moralzarzal y Colmenarejo.

La Dirección General de Salud Pública mantiene los criterios para las limitaciones en estos núcleos de población en un umbral superior a 350 casos por 100.000 habitantes a 14 días, tendencia creciente y transmisión comunitaria.

ZONAS CON RESTRICCIONES HASTA EL 12 DE ABRIL
Asimismo, se mantienen las restricciones hasta el lunes 12 de abril en las zonas básicas de Valle de la Oliva (Majadahonda); en Madrid capital en las zonas de Núñez Morgado (distrito de Chamartín), Virgen de Begoña (distrito de Fuencarral- El Pardo), Vicálvaro-Artilleros y Valdebernardo (ambas en el distrito de Vicálvaro); y en las localidades de Navacerrada, Paracuellos de Jarama, Villanueva de la Cañada, Navas del Rey, Santos de la Humosa, Torrejón de Velasco y Chapinería.

MEDIDAS PARA TODA LA REGIÓN
Continúa la limitación de movilidad nocturna desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas y que el sector de la hostelería y de la restauración puedan permanecer abiertos hasta las 23:00 horas, quedando prohibida la entrada de nuevos comensales después de las 22:00 horas.

Sanidad recuerda que sigue siendo obligatorio, asegurar la ventilación adecuada y permanente de los establecimientos; separación entre los grupos de mesas; que el número de comensales en las terrazas es de un máximo de seis personas por mesa, y de cuatro en el interior de los establecimientos, y que está prohibido el consumo en barra.

Asimismo, reitera la obligatoriedad del uso de mascarilla de forma continuada, tanto en el interior como en la terraza, excepto en el momento concreto de la ingesta de bebida o comida.

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