Díaz Ayuso firma un Decreto para adecuar las medidas autonómicas al Estado de alarma

La presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, ha firmado un Decreto para adecuar las medidas puestas por el Gobierno regional, a las establecidas por el Consejo de Ministros; por el que se declara el Estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el coronavirus.

El Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Comunidad, que será publicado hoy en el BOCM, recoge las medidas que hacen referencia a las restricciones de movilidad en horario nocturno; a las de movimiento en las zonas básicas de salud o a la limitación de participación en grupos de personas para realizar actividades sociales o familiares; tanto en lugares públicos como privados. Asimismo, se fija que las medidas adoptadas previamente por la Consejería de Sanidad continuarán vigentes en la región.

La limitación de circulación de personas en horario nocturno que estipula el Estado de alarma quedan fijadas en la Comunidad desde 0:00 a 6:00 horas.

Se mantiene la estrategia de las zonas básicas con restricciones y se establece la restricción de entrada y salida perimetral del municipio o zona afectada; salvo en situaciones concretas: por motivos laborales; médicos; accesos a centros educativos; regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

VISITAS A LOS CEMENTERIOS
La circulación por carreteras que transcurran los ámbitos territoriales afectados estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo. De cara a la Festividad de todos los Santos, se permitirá la circulación hacia cementerios o lugares de enterramiento que se encuentren comprendidos en los referidos ámbitos territoriales.

Se permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas afectadas; siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva; si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.

Como excepción, y de cara a la Orden del pasado sábado donde se enumeraban limitaciones dentro de la zona básica de salud de Majadahonda (Cerro del Aire); quedará excluida del ámbito de aplicación de la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, de la Consejería de Sanidad, la zona que queda al norte de la M-509 y al oeste de la M-50.

La asistencia a lugares de culto no superará el 50% de su aforo (salvo en zonas básicas de salud con medidas específicas, donde se reduce a un tercio). Se mantienen las reuniones de personas, tanto en espacios de uso público, abiertos y cerrados, como privado; limitadas a un máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes. Quedan fuera de esta imitación las actividades laborales e institucionales.

Contra esta disposición, cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo y durante la vigencia del Estado de alarma; la presidenta de la Comunidad de Madrid podrá dictar sucesivos decretos que modifiquen el firmado.

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